Asif critica los nuevos requisitos a las instalaciones fotovoltaicas

La Asociación recuerda que para acogerse al régimen retributivo las instalaciones debían estar terminadas e inscritas en el registro correspondiente

30 de enero de 2010.- La Asociación de la Industria Fotovoltaica (ASIF),  en relación a las inspecciones realizadas durante 2009 por la Comisión Nacional de Energía (CNE) a las instalaciones fotovoltaicas, ha querido señalar que el vertido de electricidad a la red antes del 30 de septiembre de 2008 “no era un requisito exigido por el Real Decreto 661/2007 para acogerse a su régimen retributivo”.Sin embargo, recuerda que sí lo era, por el contrario, que las instalaciones estuvieran terminadas e inscritas en el Registro Administrativo de Productores de Electricidad en Régimen Especial.

Por este motivo, para Asif,  “que la CNE haya constatado que 430 instalaciones no estaban inyectando energía antes de la fecha indicada no implica que deban excluirse del régimen retributivo establecido por el RD 661/07”.

Si bien, desde al asociación se ha querido subrayar su “más firme rechazo a las infracciones que puedan reflejar los expedientes de inspección levantados a esas instalaciones”. Asif matiza que, en ningún caso, las defiende o justifica; “únicamente quiere circunscribir la situación a las reglas establecidas con seriedad y rigor”.

Desde hace más de un año, Asif reitera que “para librar al Sector Fotovoltaico español de cualquier sombra de sospecha, deben identificarse todas las eventuales actuaciones concretas cometidas al margen de la legalidad y aplicar a sus autores el tratamiento que la Ley establezca con la máxima severidad”.

Más información:
www.asif.org