Castilla y León aprueba el procedimiento para la certificación energética de edificios de nueva construcción

Se creará un Registro de Certificados de eficiencia y una Comisión técnica y se determina la obligación de suministrar este certificado al realizar una operación de venta o alquiler

Uno de los puntos destacados en el proyecto es la creación de un Registro de Certificados de eficiencia energética, donde promotores y propietarios deben inscribir los certificados de sus edificios, tanto del proyecto como del edificio finalizado. Además, se establecen las condiciones para proceder a la inscripción y actualización de las inscripciones.

La finalidad del registro es informar objetivamente a los compradores y usuarios sobre las características energéticas de los edificios y promocionar las construcciones de alta eficiencia energética.

Este Decreto dispone el número de inspecciones necesarias para comprobar y vigilar el cumplimiento de la certificación y obliga a incluirlo dentro del paquete de información básica que, reglamentariamente, todo vendedor ha de suministrar al comprador o arrendatario para velar por los derechos e intereses de consumidores y usuarios.

La normativa implica la creación de una Comisión Técnica para la certificación, como órgano colegiado de carácter permanente, con representantes de la Administración Autonómica y de colegios profesionales asociados al sector de la edificación. La consejería de Economía y Empleo será el órgano competente en materia de certificación de eficiencia energética en edificios y la normativa entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

La información contenida en los certificados de eficiencia energética de los edificios y viviendas estará disponible en la página web: www.tramitacastillayleon.jcyl.es