Otovo y Fundación Renovables, informe sobre incentivos fiscales al autoconsumo

Porcentaje de población de la muestra estudiada por provincia o Ciudad A. con bonificación sobre el IBI
Otovo y Fundación Renovables, informe sobre incentivos fiscales al autoconsumo

Según el informe de Otovo y la Fundación Renovables, en muchos municipios con bonificaciones, las condiciones administrativas son tan restrictivas que su acceso es difícil.

Otovo y la Fundación Renovables han llevado a cabo una ampliación y mejora de los informes realizados en 2018 y 2019. En los mismos,  se evaluaban y analizaban la situación de los diferentes incentivos fiscales y económicos que los ayuntamientos contienen en sus normativas municipales; con el fin de favorecer y apoyar la instalación de sistemas de autoconsumo fotovoltaico.

Asimismo, se han analizado el IBI y el ICIO conjuntamente, obteniendo que solamente 231 municipios, el 28% de los analizados, ofrecen ambas bonificaciones. Además, 87 ayuntamientos ofrecen bonificación únicamente con el IBI, el 12% del total; 170 solamente sobre el ICIO, el 23%; y 263 municipios no ofrecen ningún tipo de bonificación, el 35%.

De esta forma, el informe señala que algunos de los ayuntamientos que ofrecen esta bonificación presentan unas condiciones administrativas o técnicas tan restrictivas; y poco coherentes para la obtención de la bonificación, sobre todo en el caso del IBI, que casi es imposible tener acceso a ellas.

Periodo simple de retorno: IBI

De manera complementaria, el análisis económico realizado muestra el impacto positivo y la gran relevancia que tiene la bonificación del IBI en la disminución del periodo simple de retorno de la instalación.

En la hipótesis planteada con 3 ubicaciones y escenarios distintos – Lugo, Madrid y Almería-, se ha analizado el periodo simple de retorno obtenido sin bonificaciones; y con una bonificación del 25% y del 50% del IBI durante los primeros 5 años. Esta última es la más común entre ayuntamientos, la más adecuada y la que contiene un mayor impacto; puesto que el periodo simple de retorno de la inversión de la instalación puede reducirse hasta 5 años y 8 meses en el caso de una ubicación de la instalación en el norte de España (Lugo); y 3 años y un mes en el caso de ubicación en el sur (Almería) para la misma instalación y bonificación sobre el IBI.

«Con una bonificación del 50%, el retorno se puede reducir hasta en 3 años y 1 mes»

Según el análisis, una vivienda de valor catastral de 190.000€ en la Comunidad de Madrid, que tiene un tipo impositivo de 0,483% pagará 917,7€ anualmente; si suponemos que dicha vivienda instala sistemas de aprovechamiento solar de 5.000€, con una bonificación del IBI del 50% durante 5 años supondrá, pasados los 5 años, un 46% del coste total de la instalación; y un ahorro anual de 459€.

ICIO

Respecto al ICIO, si suponemos que dicha instalación de energía fotovoltaica en Madrid de 5.000€ tiene un coste de instalación material de 1500€; y un tipo impositivo del 4%, entonces al finalizar la instalación se tendrá que abonar al ayuntamiento una cuantía de 60€. Una bonificación sobre el ICIO del 95% reduciría dicho impuesto a un total de 3€. Lo que supone un ahorro total de 57€ que representa un 0.95% del total de la instalación.

Este análisis es un breve supuesto demostrativo, teniendo en cuenta tanto todas las variables económicas como las posibles variaciones de precio de la electricidad a lo largo de los años; pero muestra con claridad la gran influencia que tiene la bonificación del IBI en el tiempo de recuperación de la inversión en una instalación de autoconsumo.

Informe de Otovo y la Fundación Renovables con una muestra de 753 municipios

En este nuevo informe se actualiza las bonificaciones fiscales existentes en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y el Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO) en el ejercicio 2020. Contiene además un breve análisis económico del impacto de la bonificación en el IBI sobre el periodo simple de Retorno de la inversión (PRI). Sin embargo, para el caso del ICIO no es así, ya que esta bonificación es muy pequeña en comparación con la del IBI.

El documento recoge las ordenanzas municipales, aplicables en dicho año, de todas las capitales de provincia y aquellos municipios con una población mayor a los 10.000 habitantes, según el censo del año 2020. Esto asciende a una muestra total de análisis de 753 municipios, el 79% del total de la población que reside en España.