Sistema de subastas de renovables adecuado y basado en la experiencia internacional

Los macroparques toman España frente al modelo más distribuido de Europa

Trece asociaciones piden que se establezca un sistema de subastas de renovables, anual, objetivo, transparente, sencillo y competitivo

Ante las próximas subastas de energías renovables anunciadas por el Ejecutivo, las principales asociaciones empresariales del sector, organizaciones medioambientales y entidades de la sociedad civil han elaborado una propuesta, que han enviado al Ministerio de Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, en la que establecen las normas básicas que deberían considerarse en la definición y el alcance de su funcionamiento.

Entre ellas, las organizaciones firmantes reclaman una periodicidad anual para las subastas como consecuencia de un proceso de planificación energética a medio y largo plazo a nivel nacional, en el que deberían estar definidos los objetivos de energía producida y el futuro reparto de tecnologías en base a la necesidad de cumplir los objetivos europeos y el acuerdo de París.

Asimismo, el sistema de licitación deberá ser sencillo, competitivo y cumplir las recomendaciones de la Comisión Europea en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020.

Las asociaciones exigen, además, que el producto subastado debe ser la energía que se compromete a generar el solicitante, y el criterio de elección será el precio ofertado por producir esa energía. Al adjudicarse cada oferta al precio con el que se ha licitado, se evitarán las distorsiones producidas por el diseño marginalista.
Por otro lado, la recuperación de la seguridad jurídica y la garantía de una retribución estable a las inversiones realizadas en proyectos anteriores son elementos imprescindibles para que se produzcan las condiciones adecuadas que garanticen el correcto desarrollo del sector.

Desarrollo y ejecución de los proyectos licitados

En lo que respecta a la ejecución de los proyectos una vez licitados, el sector pide que los mecanismos de apoyo sean flexibles, incluyéndose los contratos de adquisición de energía a largo plazo (PPA).

Además, solicitan que se incluyan complementos para apoyar las plantas de menor tamaño y que los proyectos promovidos por la ciudadanía tengan acceso a sistemas de apoyo a las energías renovables alternativos a las subastas. En la misma línea, se pone de manifiesto la necesidad de realizar convocatorias y licitaciones específicas para proyectos pequeños.

Asimismo, el sector propone que el periodo de oferta para los proyectos sea de 20 años, siendo flexible este número en función de la tecnología. Pasado ese tiempo, las plantas podrían acogerse a la última subasta realizada para esa tecnología por periodos mínimos de 5 años.Los proyectos a licitar deben disponer de tramitaciones previas y avales como garantía de ejecución. Se podrán establecer penalizaciones graduales por incumplimiento de la fecha de puesta en marcha, salvo por motivos ajenos al promotor.

Los firmantes hacen llegar su propuesta al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital

ANPIER, Amigos de la Tierra, APERCA, AREMUR, Protermosolar, AVAESEN, Clúster Andaluz de Energías Renovables, Clúster de la Energía de Extremadura, Fundación Renovables, Greenpeace, Plataforma por un Nuevo Modelo Energético, UNEF, WWF

Alcance básico de las subastas para adquisición de energía eléctrica producida con fuentes de energía renovable

«RESUMEN EJECUTIVO»

  • El mecanismo de subastas para el incremento de generación de energía renovable en España debe ser objetivo, transparente, sencillo y competitivo.
  • Las subastas deben diseñarse como resultado de un proceso de planificación que defina los objetivos de energía producida. Se recomienda que tengan una periodicidad anual.
  • El producto subastado debe ser la energía que se compromete a generar el solicitante y el criterio de elección será el precio ofertado por producir esa energía, adjudicándose cada oferta al precio con el que se ha licitado.
  •  Los mecanismos de apoyo para la ejecución de los proyectos serán flexibles, incluyéndose los contratos de adquisición de energía a largo plazo (PPA).
  •  El periodo de oferta para los proyectos será de 20 años, siendo flexible este número en función de la tecnología. Pasado ese tiempo, las plantas podrán acogerse a la última subasta realizada para esa tecnología por periodos mínimos de 5 años.
  •  Los proyectos a licitar deben disponer de tramitaciones previas y avales como garantía de ejecución. Se podrán establecer penalizaciones graduales por incumplimiento de la fecha de puesta en marcha salvo por motivos ajenos al promotor.
  •  Los proyectos de pequeñas instalaciones o promovidos por la ciudadanía (independientemente de su tamaño) deberán asimismo tener acceso a los sistemas de apoyo a las energías renovables alternativos a las subastas.

Consideraciones generales

  •  El objetivo del presente documento es establecer las normas básicas que se deberían considerar en la definición y el alcance del mecanismo de subastas para la incorporación de las distintas tecnologías renovables en la cesta de generación de electricidad de España.
  •  Las Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020 elaboradas por la Comisión Europea establecen la recomendación de utilizar licitaciones. Según las directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía de la UE, a partir del 1 de enero de 2017 estos mecanismos deberán ser subastas o procedimientos de licitación abiertos para instalaciones superiores a 3MW de energía eólica o superiores a 500kW para otras tecnologías.
  •  La nueva instalación de potencia renovable debido a que sus costes son esencialmente fijos necesita señales de precio a largo plazo para captar nuevas inversiones.
  •  El desarrollo de las subastas tiene que ser consecuencia de un proceso de planificación energética a medio y largo plazo a nivel nacional, considerando la evolución de la demanda a partir de los niveles de electrificación esperados, la mejora de eficiencia, y su gestión activa, así como el objetivo de cumplir con los compromisos del Acuerdo de París.
  •  De la planificación energética se obtendrán claramente los objetivos que deberán cumplir las subastas y los mecanismos de apoyo que de ellas deriven (ej: aumentar la aportación de renovables en el mix, crear empleo de calidad y desarrollo local, al precio óptimo, minimización coste ponderado de generación del sistema). Y en base a estos, las cantidades de energía a subastar.
  •  El posible incumplimiento por parte de España de los objetivos de energía y clima de la Comisión Europea en 2020 justifica el lanzamiento inmediato de subastas de energía renovable por parte del Gobierno que lo evite.
  •  Se parte de la base de la existencia de seguridad jurídica en el mantenimiento de los distintos parámetros fijados en la subasta.
  •  Existe suficiente experiencia internacional que puede ser utilizada por el Gobierno para realizar una buena planificación de un sistema de subastas que se adecue al mercado nacional.
  •  El mecanismo de subastas debe ser realizado bajo los supuestos establecidos por una planificación energética que defina el mix de futuro y que incluya criterios de objetividad, transparencia y competitividad.
  •  Los proyectos promovidos o participados por parte de la ciudadanía deberán tener acceso equitativo a los sistemas de apoyo a las energías renovables. Se deberían tener en cuenta las alternativas a las subastas para posibilitar la participación por parte de la ciudadanía, Ayuntamientos, cooperativas de energías renovables y otros pequeños agentes. Esto se puede lograr manteniendo las excepciones que contemplan las reglas para las ayudas estatales en materia de energía de la CE para los proyectos de energía promovidos por estos colectivos independientemente de su tamaño. En caso contrario, si se estableciera que tales proyectos, por encima de un determinado tamaño, tuvieran que acudir a las subastas se deberían establecer al menos normas que aseguren una participación de los proyectos ciudadanos de renovables en las mismas.

Alcance de las subastas
a. Periodicidad.-

  •  La frecuencia debe fijarse contemplando la creación de un mercado industrial y laboral estable a largo plazo y aprovechando las mejoras paulatinas de las tecnologías. Se recomienda que las subastas tengan al menos periodicidad anual.

b. Producto subastado.- Energía eléctrica generada.-

  •  La subasta debe referirse a la oferta de un precio por la energía producida y comprometida.
  •  La energía comprometida debe establecerse según la planificación energética adoptada y las tecnologías disponibles. Si se considera necesario, también por áreas geográficas o nudos de la red eléctrica.
  •  No se considera como idónea la subasta por potencia instalada por considerar el procedimiento ineficiente y no representativo de la realidad tecnológica.
  •  Se abre la posibilidad legal de fomentar contratos de adquisición de energía a largo plazo (PPA) entre generadores y comercializadores como complemento a las subastas y su inclusión en la planificación energética, estableciéndose un % máximo respecto de los tramos energía subastados.

c. Tipo de mecanismo de apoyo.- precio-PPA.

  •  Fijación de los precios no marginalistas.
  •  Se considera que cada oferta se adjudicará al precio que haya ofertado y que se mantendrá el derecho de acceso preferente a la red y la prioridad de despacho.
  •  Se permitirá la participación de agregadores de demanda (PPA) y oferta.
  •  Se incluirán parámetros y complementos para:
    Apoyar la instalación de las plantas de menor tamaño.
    El desarrollo cercano a nudos por reducción de pérdidas.
    Fomento de instalación en territorios específicos como ayuda a la reindustrialización de zonas afectadas por el cierre de instalaciones mineras, nucleares o de grandes industrias.
    Consideración de tecnologías que sean capaces de mejorar la adaptación de la producción a la demanda con objeto de favorecer la gestionabilidad del sistema eléctrico.
    Tipo de propiedad (apertura a la participación diversificada de agentes no dominantes incluyendo la participación ciudadana o de instituciones municipales).
  • Los parámetros de ajuste podrán obedecer a un doble procedimiento de cálculo, según la casuística:

◊Por inclusión de un coeficiente de minoración del precio ofertado para poder comparar y definir el resultado de la subasta. Por ejemplo las plantas de menor tamaño, siguiendo la recomendación de la Comisión, entrarán a competir con un coeficiente de minoración del 10% sobre el precio ofertado (pendiente de fijar los parámetros definidos).

◊Se valora la realización de subastas específicas para plantas de generación de pequeño tamaño conectadas en líneas de distribución con el objetivo de diversificar agentes y de acercar la generación al consumo al margen del desarrollo específico del autoconsumo.

◊Determinación del coste medio ponderado (LCOE o precio equivalente) del conjunto del sistema por la incorporación de tecnologías gestionables o de funcionamiento síncrono para favorecer su acceso. El coste medio del sistema será utilizado para la determinación del parámetro de reducción del precio ofertado a efectos de la subasta.

d. Tecnologías.-

  •  Se considera que las subastas deben ser desarrolladas atendiendo a la necesidad de alcanzar los objetivos de energías renovables. Sí se considera necesario realizar subastas tecnológicas específicas:
    ◊Para garantizar el cumplimiento de los objetivos energéticos
    ◊Para el desarrollo de tecnologías que no han alcanzado la madurez
    ◊Para la incorporación de tecnologías en función de su capacidad de gestionabilidad

e. Periodo de duración.-

  •  Se establece como periodo de oferta 20 años, si bien para algunas tecnologías se deben considerar otros periodos (por ejemplo para la biomasa un periodo de 15 años o para la fotovoltaica de 25 años).
  •  Finalizado el periodo de oferta las plantas podrán acogerse a la última subasta realizada para esa tecnología en condiciones homogéneas por periodos mínimos de 5 años.
  •  La participación en una nueva subasta como planta nueva requerirá la sustitución de los sistemas de generación al menos en un 50% de su potencia.

f. Madurez de las iniciativas.-

  •  La presentación a la subasta se realizara con proyecto específicos reales que dispongan de tramitación previa de idoneidad medioambiental, punto de conexión, y tramitación administrativa en curso.
  •  Se establecerá un aval como garantía de ejecución de la fecha de puesta en marcha establecida en la subasta.

g. Penalizaciones.-

  •  Se establecerán penalizaciones por incumplimiento de la fecha de puesta en marcha salvo por motivos ajenos al promotor.
  •  También se establecerá penalizaciones para el TSO/DSO en caso de retrasos injustificados en la conexión a red.
  •  Las penalizaciones será graduales en función del tiempo de retraso.
  • . Tramitación administrativa
  •  Los procedimientos de adjudicación serán simples y replicables en todas las subastas.
  •  La administración central será la encargada de la gestión de las subastas, bajo la supervisión de la CNMC, que velará para que exista competencia en las mismas-