Se amplía el plazo y carencia de los préstamos ICO COVID

Se amplía el plazo y carencia de los préstamos ICO COVID

La Plataforma Pymes recuerda que se amplía el plazo y carencia de los prestamos ICO COVID hasta el 15 de mayo.

Se amplía el plazo de carencia para préstamos ICO COVID hasta el próximo día 15 de mayo de 2021. La Plataforma Pymes quiere recordar a pymes y autónomos que está actualmente abierto el plazo de solicitud de ampliación de plazo y carencia; y que dicha solicitud se debe realizar en la Entidad financiera donde fue concedido el préstamo.

Desde la Plataforma Pymes se echa en falta que no se hayan incluido los ICO Sector Turístico y actividades conexas Covid 19/Thomas Cook en esta acción; algo que dada la situación del sector turístico es absolutamente necesasrio, dada la situación económica y las restricciones que siguen vigentes en determinados territorios.

La asociación pone a disposición de quien lo precise un modelo de carta de solicitud, que tienen disponible pinchado  aquí.

Requisitos para solicitar la ampliación

Para poder solicitar la ampliación del plazo y/o periodo de carencia previstos, – y tal y como se indica en el propio Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre -, el autónomo o empresa (en adelante deudor) deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • El deudor tiene que solicitar la ampliación en la entidad financiera que le concedió la financiación avalada.
  • Dicha operación de financiación avalada no puede estar en mora (impagada más de 90 días); ni tampoco puede estar ninguna de las financiaciones restantes otorgadas por la entidad al mismo cliente.
  • No figurar en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) en la fecha de formalización de la extensión.
  • La entidad financiera constata a la entidad concedente del aval que no ha habido ningún impago de la operación avalada.
  • Que el deudor no esté sujeto a un procedimiento concursal.
  • La financiación avalada  tiene que haberse formalizado antes del 18 de noviembre de 2020.
  • Para solicitar la extensión del aval, el deudor debe cumplir con los límites establecidos en la normativa de Ayudas de Estado de la Unión Europea.

También se recuerda a pymes y autónomos el estudio realizado para PIMEC sobre responsabilidad patrimonial de la Administración debida a resoluciones dictadas en el contexto de la pandemia; y que está apoyado en el artículo 106.2 de la Constitución Española.