ENAC, la entidad designada por el Gobierno para operar como el único Organismo Nacional de Acreditación, asegurará que el sistema logra los objetivos previstos.
La Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) ha concedido a OCA Instituto de Certificación, European Quality Assurance Spain (EQA), AENOR Confía, LGAI Technological Center, Bureau Veritas Iberia; y SGS Tecnos las primeras acreditaciones como verificadores del Sistema de certificados de ahorro energético (CAE); de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 36/2023, por el que se establece dicho sistema; y la Orden TED/815/2023, que desarrolla los requisitos específicos sobre la verificación en este ámbito y que exige la acreditación de estos evaluadores. Con ello, el mercado español contará, a partir de ahora, con los servicios acreditados necesarios para la puesta en práctica de este mecanismo público de ahorro energético.
El Sistema de Certificados de Ahorro Energético se incluye en el marco del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE); como un mecanismo adicional desarrollado para alcanzar los objetivos de ahorro de energía comprometidos con la UE para el periodo 2021-2030 y sucesivos. Ofrece una alternativa a los sujetos obligados para cumplir con parte de sus obligaciones anuales de ahorro de energía final mediante la liquidación de CAE.
De este modo, los CAE deben reflejar los ahorros anuales de consumo de energía resultantes de inversiones realizadas en actuaciones de eficiencia energética; las cuales deben cumplir con los principios; y la metodología de cálculo de ahorro de energía establecidos en la Directiva 2012/27/UE y en la Recomendación (UE) 2019/1658 de la Comisión.
Con todo ello, este sistema tiene como objetivo la promoción, en todo el territorio nacional, de una economía que utilice más eficazmente los recursos energéticos; tornándose, de este modo, en más competitiva.
Verificador de ahorro
Dentro del sistema, la figura del verificador de ahorro energético es clave; ya que es el encargado de comprobar que la documentación presentada por los sujetos obligados, –empresas o sus delegados-. Y así evidenciar los ahorros energéticos conseguidos por la ejecución de una o varias actuaciones de eficiencia energética. Que todo es acorde a la normativa y que el ahorro declarado es real. De esta manera, se determina si se encuentran en disposición de obtener los CAE.
Por esa razón, disponer de un proceso de verificación riguroso y fiable es vital para asegurar que el sistema logra los objetivos previstos; y este, es el motivo por el que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de España (MITERD) ha establecido la exigencia de acreditación de los verificadores.
El esquema de acreditación
La acreditación de los verificadores dentro del sistema CAE está regulado por el correspondiente esquema de acreditación elaborado por ENAC; siguiendo las directrices marcadas por la Dirección General de Política Energética y Minas del MITERD; que toma como referencia las normas UNE-EN ISO/IEC 17029:2019 y UNE-EN ISO/IEC 14065:2020 y que se describe en el documento ENAC RDE-33.
En este documento se establece que la acreditación se podrá conceder con dos niveles:
1.- Un primer nivel para la acreditación de verificadores de los ahorros energéticos resultantes de actuaciones estandarizadas: aquellas que por sus características y particularidades técnicas puedan ser fácilmente replicables.
2.- Y un segundo nivel para la acreditación de verificadores de los ahorros energéticos resultantes de actuaciones singulares: aquellas que por sus características y particularidades técnicas no pueden ser incluidas en una ficha del catálogo de actuaciones estandarizadas.
En este sentido, en relación con las acreditaciones ahora concedidas, OCA Global, AENOR Confía, LGAI Technological Center; y Bureau Veritas Iberia se han acreditado para actuaciones estandarizadas, y EQA y SGS Tecnos para actuaciones estandarizadas y singulares.