El sector de la biomasa garantiza el suministro de energía renovable a empresas y ciudadanos durante el estado de alarma por el COVID-19.
Desde AVEBIOM y APROPELLETS desean transmitir a la sociedad que los profesionales de la bioenergía seguirán trabajando para garantizar el suministro de energía limpia y renovable a todos los usuarios.
Los principales fabricantes de pellet y otros biocombustibles -como astilla y hueso- continuarán suministrando desde sus instalaciones . De esta manera, se garantizará el aprovisionamiento del mercado en todo el territorio durante lo que resta de invierno.
Por su parte, los distribuidores de pellet seguirán abasteciendo a los puntos de venta que permanecen abiertos al público: gasolineras e hipermercados de alimentación; y también continuarán realizando entregas directas en puntos de consumo.
Así, las calefacciones y las industrias que utilizan biomasa podrán seguir funcionando sin problema durante el confinamiento por la alarma del coronavirus.
AVEBIOM y APROPELLETS recomiendan a los usuarios que evalúen bien sus necesidades para optimizar la logística y transporte.
En cuanto a los servicios técnicos de calderas y estufas, estos siguen atendiendo averías; bien online o, si es necesario, de forma presencial.
Por su parte, las centrales eléctricas con biomasa están bien abastecidas de biocombusible y seguirán generando energía sin problema. Las empresas de aprovechamiento de biomasa forestal continúan su trabajo en el monte.
Además, muchas empresas de la cadena de la biomasa informan ya desde sus webs o por email de que se están tomando todas las medidas necesarias para proteger a sus trabajadores; y a sus clientes durante la prestación de los servicios.
Servicios básicos
La energía es un servicio básico en nuestra sociedad y así lo recoge el Real Decreto 463/2020 de de 14 de marzo en su artículo 17, donde se hace una referencia explícita a la necesidad de garantizar el suministro de energía eléctrica y combustibles durante el estado de alarma.
La distribución de mercancías se considera necesaria, como expone el artículo 14 del RD y el recién publicado TMA/229/2020, de 15 de marzo, que garantiza a los transportistas el acceso a servicios necesarios para facilitar el transporte.